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LOS BANCOS COMO VENDEDORES DE SEGUROS

Ya hace unos años que la banca en su afán de conseguir beneficios adicionales, se convierte en un comisionista y comienza a comercializar distintos productos, aprovechando su cartera de clientes y su red de oficinas.

Me voy a ocupar en este caso de la comercialización seguros por parte de las entidades bancarias. Estos son productos que se comercializa, en general, con agentes poco o nada preparados, y para el que las entidades, en su inmensa mayoría, no dan servicios de mediación en caso de siniestro.

La pregunta es bien sencilla: ¿para que contratar un seguro con un intermediario, en este caso el banco, que comisiona en la venta, pero que a la hora de una gestión te da un 902 de la compañía aseguradora y lo deja todo en tus manos?

Si lo que estamos buscando es precio, te resultará más económico contratarlo directamente con la compañía en cuestión a través de Internet, puesto que tienes las mismas coberturas y el mismo servicio, sin un comisionista que encarece la póliza.

Si quieres dejar el trabajo en manos de un profesional de los seguros, que realiza la venta pero también la mediación en caso de siniestro. En ese caso pagarás algo más y la apuesta deberá ser un corredor de seguros. En esto como en todo los hay buenos y malos.

Siguiendo con estos productos, los bancos, para conseguir comercializar más seguros, han dado un paso más, vinculado productos financieros, es decir sus productos, con seguros. Es el caso de cuentas de ahorro con una rentabilidad inicial y una rentabilidad mayor vinculada al seguro del hogar, del coche, de vida etc. Igualmente ocurre con depósitos o hipotecas, que obtienen una reducción del interés a pagar en función de las contrataciones.

Como norma general esos productos a largo plazo no ahorran nada, en general son menos rentables para el cliente y lo que realmente crean son ataduras que evitan que el cliente aproveche las oportunidades de mejora que ofrece continuamente el mercado de los seguros.

He detectado que esos seguros contratados por los bancos, en muchas ocasiones no responden a las necesidades del cliente. O porque no son las coberturas que realmente necesita, porque están supervaloradas las indemnizaciones contratadas, o porque hay duplicidades en los seguros, fiscalidades perjudiciales, etc (ver artículo OJO A LOS PRODUCTOS BANCARIOS VINCULADOS ).

Hemos de conocer todo esto antes de decidirnos a contratar seguros en las entidades bancarias y hemos e saber también que en la constitución de hipotecas el único seguro legalmente obligatorio es el de Incendios. Cuyo beneficiario debe ser la entidad emisora de la hipoteca. Pero no son obligatorios ni seguros los multiriesgo del hogar, ni los seguros de vida.

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