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MORATORIA HIPOTECARIA POR CORONAVIRUS

Como todos de alguna u otra manera nos vamos a ver afectados por el coronavirus, me parece importante poneros al corriente de una de las medidas que puede afectar beneficiosamente a muchos de nosotros. En concreto la MORATORIA HIPOTECARA POR CORONAVIRUS.

¿Qué es?

Es un impás en el pago de tu hipoteca. Es decir, por al menos un mes, no pagas la hipoteca, eso no genera deuda por mora ni tampoco descuenta de la amortización, simplemente el pago de tu hipoteca se extenderá un mes más.

 

¿Quién tiene derecho? Y son todas de obligado cumplimiento.

1- Cuándo el deudor esté en desempleo o en el caso de autónomo o empresario en cese de actividad. (En este caso implica pues que la empresa esté previamente en ERTE, te haya despedido o siendo autónomo, estés en cierre).

La ley no especifica si hay 2 deudores, como ocurre muchas ocasiones y uno trabaja y otro no, habla de deudor en paro.

2- El conjunto de ingresos de la unidad familiar no supere en el mes anterior a la solicitud, 1613,52€, + 53,78 por hijo y 80,68€ por hijo en familias monoparentales

Aquí además hay alguna otra mejora para personas con discapacidades superiores al 33%

3- Si la cuota hipotecaria más los suministros básicos supera el 35% de los ingresos netos (Lo que no habla es de cuáles son estos suministros

4- Por último, que a causa del Covid 19:

La carga hipotecaria se haya multiplicado por 1,3

40% en la caída de ventas, para el autónomo

¿A quién se le solicita?

Al banco que tiene que resolver en 15 días

¿Qué documentación es necesaria?

Pues son es fácil de decir, en el caso 1, por desempleo o cese de actividad del autónomo, es más fácil, para el tema de la caída de ingresos del caso 2, 3 y 4, en general habrá que esperar al mes que viene a las nóminas que se tengan.

Además a todos os pedirán, documentación que acredite la propiedad de la vivienda:

  • De familia + empadronamiento
  • Nota simple de la vivienda
  • Escritura de compra-venta

En cualquier caso, como esto es una situación excepcional, en la que todos tenemos un mar de dudas de cómo se desarrollan las cosas a los que podáis necesitarlo, os animo hagáis las solicitudes al banco, el no ya lo tenéis.

Todas las solicitudes serán telemáticas, poneros en contacto con vuestro banco

 

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